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miércoles, 26 de octubre de 2016

Consejos de Salarios - Informe sobre la negociación



Informe – Consejos de Salarios - Grupo 19 Subgrupo 02 - Octubre 2016

Por Francisco Beltranchini


El grupo 19 “Servicios profesionales, técnicos, especializados y aquellos no incluidos en otros grupos” Sub-Grupo 02 “Empresas suministradoras de mano de obra” fue convocado a la negociación de Consejos de Salarios en Setiembre, tres meses después de haber empezado la sexta ronda de consejos de salarios.
En representación de los trabajadores participan los compañeros Ismael Fuentes, Marcelo Recalde, Tamara García, Erika Hernández Leiva, Lorena Chippollini y Francisco Beltranchini.
En representación del Poder Ejecutivo: Dra Beatriz Cozzano y Dr Carlos Rodríguez
En representación de la Cámara Empresarial: Cr. Daniel Charlone y Cra. Inés Arrospide

Se nos ubicó en el sector dinámico y para analizar el grupo se dividió en tres sectores distintos:
“Directos” : personal contratado directamente por la empresa suministradora de mano de obra.
“Privados”: Personal suministrado a empresas privadas (laudan con la rama de actividad)
“Públicos”: Personal suministrado a empresas públicas.


A demás estos sectores se dividen en las siguientes categorías:

  1. Servicios: Toda tarea que no implique ningún tipo de responsabilidad ni técnica ni administrativa. No podrá tener a cargo ninguna responsabilidad de control de tareas.
Descripción de tareas:
Es personal de servicios aquellos empleados que desempeñan tareas de limpieza, vigilancia, ascensoristas, consejería y tareas afines, de acuerdo a las particularidades de cada Organismo. No podrán tener a su cargo funciones de supervisión y control de tareas.

  1. Administrativos:
Descripción de tareas:
Las tareas del personal administrativo consisten en ordenar, organizar y disponer de la administración del Organismo que se encuentra bajo su responsabilidad. Entre las tareas a cargo del personal administrativo se encuentran, sin que el siguiente detalle resulte taxativo:
    1. Redactar memorandos, notas, oficios y circulares;
    2. Informar expedientes, redactar y procesar textos:
    3. Recibir, organizar, registrar y distribuir la documentación que ingresa al Organismo;
    4. Labrar actas;
    5. Realizar las acciones y los trámites correspondientes a las rendiciones de cuentas;
    6. Solicitar, recibir y registrar materiales de oficina;
    7. Participar de la realización de inventarios;
    8. Llevar y mantener actualizado el archivo del servicio;
    9. Participar en instancias técnicas, de formación y capacitación que se diseñen con vistas al perfeccionamiento de la actividad;
    10. Recepcionista, telefonista;

  1. Técnicos: Serán comprendidos en esta categoría todos los trabajadores que para desarrollar su tarea deban poseer un determinado conocimiento que sea estrictamente necesario para poder llevar acabo su tarea.


  1. Profesionales:
Serán comprendidos en esta categoría los profesionales de grado, a nivel universitario.


El Poder Ejecutivo propone un aumento del 5% semestral mas correctivo inflacionario según las siguientes franjas salariales:

*de $13665 a $14700 correctivo inflacionario de 3,5%, en partes semestrales 1,75%
*de $14700 a $17100 correctivo inflacionario de 2,5%, en partes semestrales de 1,25%
*más de $17100 (sobre laudados) sin correctivo inflacionario.

Cabe destacar que aquellos trabajadores que ganan $17100 o más no van a tener aumento de salario real, por tal motivo la conflictividad es inminente y dada la complejidad del sub grupo, entendemos que el recorte en tercerizaciones no tiene cabida por ser ésta práctica un gasto del Estado sin fundamentos, ya que resulta más caro tercerizar que presupuestar a los trabajadores.

Beneficios no salariales:

Licencia por estudio del personal suministrado en el sector público:
Las partes acuerdan no aplicar el requisito de la antigüedad de seis meses, para tener derecho a la licencia por estudio. En todo lo demás, será de aplicación la ley 18345 con las modificaciones introducidas por la ley 18458
Queda a analizar la equiparación de cantidad de días según cada Organismo

Estabilidad Laboral:

Ante un cambio de licitación, la empresa adjudicada, deberá incorporar al total de trabajadores en plantilla del correspondiente servicio, con las siguientes excepciones:

1- No incorporará aquel personal que el Organismo informe que demostró mala conducta en su actuación.

2- En caso de existir nuevas condiciones laborales, impuestas por el Organismo, los trabajadores en cuestión no aceptarán las mismas.


3- Reducción de personal por orden del Organismo


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